< Diccionario manual isleño
 

O

Obligación
f. Derecho. Ej.: «Tú no tienes ninguna obligación (derecho) de reprenderme. || Compadre. Ej.: «En este pueblo tengo una «obligación» muy estimada. Castizamente «obligaciones» significa «familia que cada uno debe mantener, en especial la mujer y los hijos»; pero es evidente que aquí no se comprenden los compadres.
Oca
f. Una clase de papa, si bien la «oca» es una oxalídea y se llama oxalis crenata. Es voz quechua.
Ololo
m. El pololo o sea un abejorro.
Ordinario, ria
adj. Tosco, pesado. En Méjico, inútil, torpe.
Osponerse
v. r. Exponerse.
Ospuesto, ta
adj. Expuesto, peligroso.
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